«La peste de 1598. Testamentos (es)»: berrikuspenen arteko aldeak

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    ==Referencias==
    ==Referencias==
    * [[1598ko izurritea (eu)|La peste de 1598]]. En vasco.
    * [[1598.eko izurritea (eu)|La peste de 1598]] (en vasco).
    * [[La peste de 1598. Casos (es)|La peste de 1598. Casos]]
    * [[La peste de 1598. Casos (es)|La peste de 1598. Casos]].


    [[Kategoria: Osasuna]]
    [[Kategoria: Osasuna]]

    Hauxe da oraingo bertsioa, 17:32, 28 apirila 2022 data duena

    Portada del libro esa enfermedad tan negra
    Nota: Esta entrada está copiada de un apartado del libro esa enfermedad tan negra. La peste que asoló Euskal Herria (1597-1600)[1] de José Antonio Azpiazu.
    Nota: Se estima que en Euskal Herria, en el siglo XVI, un 25% de adultos hacían testamento. En tiempos de peste el ratio sería similar: por un lado habría más gente deseando hacer testamento, pero por otra parte faltaban escribanos (muchas veces por haber escapado).


    En su momento se ha comentado cómo el cirujano de Legorreta Pedro de Iriarte, que ejerció en Azkoitia, tras atender a tantos enfermos, acabó enfermo y dictando a distancia el testamento: era el destino común entre los diferentes afectados. Algo semejante le ocurrió al cirujano que cuidó de los enfermos de Izaguirre, en Soraluze, y también a los dueños del caserío de los que cuidó. En este caso se redacta en nombre de marido y mujer, reacción bastante común en estos tiempos de peste, en que sin duda sospechaban que, ante el menor atisbo de enfermedad, el matrimonio se vería afectado y, al parecer, querían compartir el destino común que había guiado sus vidas.


    Esta mezcla de solidaridad de pareja y conformidad se refleja en los términos del testamento:

    Juan Ibáñez de Izaguirre y su mujer, Doña María Martínez de Iraola, dueños de la casa solar de Izaguirre[2], Plasencia, estando el dicho Juan Ibáñez enfermo y con sospecha del mal contagioso de peste, y María sin enfermedad alguna, pero con recelo y miedo, y hemos sido conformes marido y mujer, bien casados y amados, queremos vivir y morir en la misma conformidad, y ambos decimos que creemos (se redacta un amplio acto de fe) y protestamos de vivir y morir en la fe católica, tomamos como abogada a la reina de los ángeles, que nuestros cuerpos sean amortajados en el hábito del bienaventurado San Francisco.

    Establecen que se trata de su última voluntad, y la proclaman estando los dichos otorgantes en el umbral de las puertas de la casa de Izaguirre, y el escribano y los testigos algo desviados por la sospecha del dicho mal contagioso. La fecha es el 4 del fatídico agosto de 1598, y se redacta ante el escribano Lucas de Iraola, con la presencia de los testigos Juan Abad de Saloguen, clérigo, que los confesó y sacramentó (probablemente a prudencial distancia).

    Los testigos a los que recurren son sus propios guardianes, encargados de vigilar para que no salieran de la casa, Juan Pérez de Argárate y Andrés de Iraola, ...que servían de guardas puestos por la justicia en las puertas de la dicha casa.... Como en el caso del cirujano Iriarte, los otorgantes no firmaron por no poder Lucas de Iraola acercarse al marido, debido a la dicha enfermedad contagiosa de peste, y por la misma razón tampoco a la mujer, ...y a su ruego firmaron Juan Abad y Andrés de Zabaleta[3].

    Caserío Izaguirre (J.C. Astiazarán 1979)

    La presencia del escribano, aunque no se pudiera firmar debido al miedo al contagio, era una ventaja que muchos otros no pudieron gozar. Se puede comparar al respecto los casos de Joan de Iturrao y de Catalina de Ernizqueta. El primero era un importante comerciante en armas -se habla de que comerciaba con cientos de arcabuces y mosquetes- y a la hora del testamento contó con la presencia del escribano, aunque no pudo firmar: y por la gravedad de mi enfermedad aunque sabía firmar y ha de costumbre, no firmó por no poder. La gravedad no imponía un impedimento físico por parte del contagiado, sino que se trataba de pura prevención[4].

    Catalina de Ernizqueta, sin embargo, no logró contar con escribano para su última voluntad, porque durante la enfermedad se hizo testamento sin escribano, el 23 de octubre de 1598[5]. Su marido Prudencio de Iraola tampoco pudo hallar el consuelo de la presencia de un escribano, pero en su última voluntad, redactada poco después, contó con la complicidad del ya conocido cirujano Sebastián de Jáuregui, y de Juan Abad de Saloguen, quienes testifican por Iraola, ...estando enfermo grave de enfermedad contagiosa...[6].

    La miseria emocional a que condujo una peste que parecía amenazar a todo el pueblo pudo también con la conciencia del clero. El caso del licenciado Domingo de Olariaga, cura beneficiado en Soraluze, así parece indicarlo. Aunque su testamento se redacta en un estado de teórico bienestar físico, queda afectado por el trágico ambiente pestífero que asola a su grey. El pesimismo que se transmite queda patente, pues su condición de ser mortal queda agravada por la pesadumbre que afectaba gravemente a sus fieles: estando sano y no teniendo enfermedad corporal, teniendo en cuenta la brevedad de la vida y las miserias de ella, y siendo cierto que tengo que morir...[7].

    El destino de las personas dedicadas al cuidado sanitario de los enfermos de peste era muy precario, como lo hemos visto de continuo al observar el contagio de hospitaleras, enterradores, clérigos y cirujanos, como fue el caso antes citado de Pedro de Iriarte. El 4 de diciembre de 1599 ordena redactar su testamento Sebastián de Jáuregui, el cirujano que prestó sus servicios en Soraluze. Aunque no lo aclara el documento, cabe sospechar que estaba afectado por el mal contagioso. Leemos en su testamento expresiones como ...estando enfermo y en cama..., a lo que se añade: ...recelándome de la muerte....


    Referencias

    1. Colección Aterpea (Ttarttalo 2011).
    2. Caserío Izarre.
    3. AHPO, I-3758 252 o.
    4. AHPO, I-3759 f. 150, 19 mayo 1599.
    5. AHPO, I-3759 f. 244.
    6. AHPO, I-3759 f. 250.
    7. AHPO, I-3759 f. 388.